Kicillof recategorizó a trabajadores estatales bonaerenses
El Gobernador bonaerense dispuso por decreto esta medida con el principal objetivo de "contribuir a dotar de contenido efectivo el concepto de carrera escalafonaria"
El gobernador bonaerense, Axel Kicillof, dispuso por Decreto, la recategorización de los trabajadores estatales bonaerenses, con el principal objetivo de "contribuir a dotar de contenido efectivo el concepto de carrera escalafonaria".
El Decreto 1257 publicado hoy en el Boletín Oficial dispuso la promoción de grados del escalafón de cada agrupamiento, a partir del 1° de enero de 2021, del personal que al 31 de diciembre de 2020 se encontraba en planta permanente con estabilidad del régimen de la Ley N° 10.430.
Este ascenso consistirá en el incremento de grados, dentro de los respectivos agrupamientos en los que revistan los trabajadores al 31 de diciembre de 2020. De este modo, ascenderán dos grados aquellos trabajadores con una antigüedad mayor o igual a cuatro años, mientras que incrementarán un grado aquellos que cuenten con una antigüedad menor a cuatro años y mayor o igual a dos.
Asimismo, se aclaró que quedan comprendidas dentro de la recategorización "aquellas personas que sean designadas en la planta permanente del régimen de la Ley N° 10.430 durante 2021, y que hubieran iniciado las actuaciones administrativas a tal fin hasta el 31 de diciembre de 2020 inclusive".
Y se remarcó que la promoción "no podrá superar el nivel máximo de cada agrupamiento" y para el personal que revista en un cargo del agrupamiento jerárquico con funciones de jefatura de departamento "el límite máximo de promoción queda establecido en el grado de oficial principal 2°, categoría 23".
Además, se especificó que los agentes que entre el 2 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2020, inclusive, hubieren sido promovidos en un número menor a dos grados, serán ascendidos por la diferencia de grados resultante y los grados promovidos entre el 2 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2020, ambas fechas inclusive.
De ese modo, quedan exceptuados del ascenso, aquellos agentes que hubieran sido promovidos en su cargo de revista de planta permanente en dos o más grados entre el 2 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2020.
En los fundamentos de la medida, se explicó que la decisión había sido plasmada "en el acta suscripta el 6 de octubre de 2020 con los/as representantes sindicales de los trabajadores estatales, en el marco de las negociaciones colectivas".
Se puso de relieve que esa disposición "no forma parte de las políticas salariales habituales que el Poder Ejecutivo acuerda en marcos paritarios respecto de los agentes de la administración pública, sino que tiene por objeto contribuir a dotar de contenido efectivo el concepto de carrera escalafonaria de los trabajadores estatales".