La objeción de conciencia, las 14 semanas y la “autonomía progresiva”: qué dice la ley de aborto enviada por Alberto Fernández
El proyecto del Gobierno toma buena parte del que presentó la Campaña en 2018 pero incluye algunas diferencias. Se busca que, esta vez sí, sea ley
En el día de la militancia, con muchas organizaciones en las calles y mientras el congreso se disponía a una jornada de debate extensivo sobre el Aporte Solidario y Extraordinario a las grandes fortunas, Alberto Fernandez lanzó un video en redes sociales en el que anunció el envío del proyecto de ley sobre la regulación de la Interrupción Voluntaria del Embarazo y el llamado Programa de los “1000 DÍAS”.
Anticipado en televisión por la Secretaria de Legal y Técnica, Vilma Ibarra, el Poder Ejecutivo estuvo trabajando durante más de ocho meses en un proyecto para la interrupción voluntaria del embarazo, a través del cual se tejieron diversas alianzas y consensos con referentes políticas y sociales. Luego de un hermetismo casi absoluto, a pocas horas de emitido el anuncio presidencial, y con la firma de la Subsecretaria de Asuntos Parlamentarios, Cecilia Lopez Mirada, se dio a conocer la letra de la normativa.
El mayor desafío del proyecto de ley que Alberto Fernandez se había comprometido a enviar el 1 de marzo de 2020 era acordar un texto que contemplara gran parte de las discusiones ganadas por los movimientos feministas en 2018. Sobre la base del proyecto presentado por la Campaña por el Aborto Legal Seguro y Gratuito, que obtuvo media sanción en la Camara de Diputados luego de más de 700 exposiciones en comisión, el Ejecutivo tuvo que hacer algunas conseciones a requerimientos de las posturas más conservadoras.
El proyecto del PEN mantiene varios de los acuerdos que se plasman en el proyecto mencionado - el cual fue presentado nuevamente en 2019 -, como la interrupción del embarazo hasta la semana 14 inclusive, la incorporación de la práctica en el Plan Médico Obligatorio (PMO), la obligación - bajo requerimiento- de la asistencia integral y de espacios de acompañamiento y escucha, la garantía de la llamada “autonomía progresiva” que permite a personas gestantes de 13 a 16 años interrumpir su embarazo solo con su consentimiento y la modificación del artículo 85 del código penal.
Sin embargo, entre algunas de las diferencias y nuevas incorporaciones que hicieron ruido en las organizaciones feministas está el establecimiento de la “objeción de conciencia”, la cual no estaba en el proyecto de la Campaña pero había sido incorporada en el debate de la cámara baja de 2018. El proyecto actual del Gobierno establece que “el o la profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia” y establece algunos requisitos para poder asistir y derivar a la persona gestante que desea interrumpir su embarazo. En este punto, a su vez, prevé que “el personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable”, que no se pueda alegar la “objeción” para negar a prestarse atención sanitaria post-aborto y que “el incumplimiento de los requisitos para ejercer el derecho de objeción de conciencia dará lugar a las sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda”.
Otra de las modificaciones que lo diferencia al proyecto de la Campaña fue la estipulación de la práctica en un plazo de “DIEZ (10) días corridos”, desde que se solicita la interrupción. El primero, lo fijaba en cinco.
El proyecto de “Regulación del Acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto” envíado por el PEN fue acompañado por un escrito de más de treinta hojas que contextualiza y jerarquiza la decisión gubernamental en el marco de la salud pública, la salud sexual integral y la sitúa dentro de la protección de los llamados derechos sexuales y reproductivos establecidos en la Constitución Nacional. Asimismo, encuadra el envío del proyecto conforme a que “La legislación vigente no es efectiva. Desde 1921 la Argentina penaliza la interrupción voluntaria del embarazo en la mayoría de las situaciones […] La existencia de la amenaza penal no solo ha sido ineficiente demostrando que el devenir social transcurre más allá de la misma norma. También ha condenado a muchas mujeres, generalmente de escasos recursos, a recurrir a prácticas abortivas en la más absoluta clandestinidad, poniendo en riesgo su salud y a veces su vida misma…”
El plan de los MIL DÍAS
El segundo de los proyectos que anunció el Presidente es el “Plan de los 1000 días” o, tal como dice la letra “Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia”. La propuesta surge como resultado del éxito que tuvo un programa similar que la provincia de San Juan implementa desde 2016, según las declaraciones previas de la titular del Consejo de Coordinación de Políticas Sociales, Victoria Tolosa Paz.
La iniciativa tiene como objetivo fortalecer “el cuidado integral de la salud y la vida de las mujeres y otras personas gestantes, y de los niños y las niñas en la primera infancia, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar, y de sus hijos e hijas, con el fin de reducir la mortalidad, la malnutrición y la desnutrición, proteger los vínculos tempranos, el desarrollo físico y emocional y la salud de manera integral, y prevenir la violencia”.
En este sentido, prevé no sólo políticas de asistencia para la población contemplada por la normativa sino también una batería de asignaciones y beneficios específicos por “cuidado de salud integral”. A través de esta disposición se extenderían varias de las asignaciones actuales como las de nacimiento, adopción y embarazo.
Por otro lado, el capítulo tres del proyecto incorpora el “Derecho a la identidad” a través del cual se establece el Sistema de Alerta Temprana de Nacimientos “ a fin de garantizar el derecho a la identidad y a la inscripción e identificación inmediata de recién nacidas y nacidos, de conformidad con los artículos 11, 12 y 13 de la Ley Nº 26.061 de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.”
La perspectiva de salud integral y la garantía del derecho a esta como parte constitutiva de la dimensión de los derechos humanos de las personas gestantes atraviesa ambos proyectos. El proyecto de los Mil Días, estipula que la autoridad de aplicación de la normativa, el Ministerio de Salud, bajo la esfera del Derecho a la Salud Integral, deberá establecer un modelo de atención integral, la capacitación del personal, equipos comunitarios, formación y capacitación sobre cuidados de la salud, alimentación, lactancia, entre otros, la provisión pública de insumos fundamentales y estrategias específicas para la salud perinatal y primeros años de vida.
Asimismo, establece especificaciones minuciosas sobre el Derecho a la protección en situaciones específicas de vulnerabilidad de acuerdo a las necesidades de cuidados especiales, así como en casos de personas que cursen embarazos de alto riesgo (Trombofilia), niñas y adolescentes, y para personas que gesten en situación de violencia por razones de género.
En ambos textos normativos elaborados por el Ejecutivo Nacional y enviados para su tratamiento a la Cámara de Diputados se destaca la centralidad en el acceso al Derecho a la Información. Tanto en el proyecto de Interrupción Legal del Embarazo, como en el programa de Atención y Cuidado a la Salud Integral se establecen capítulos particulares a la centralidad de la decisión de las personas gestantes conforme a su autonomía pero también a la información como valor primordial para la toma de decisiones.
A contra reloj, en un año atravesado por una crisis mundial y contando los votos a favor y en contra de cada proyecto en ambas cámaras, el Gobierno Nacional apretó el botón de “tiempo extra” y dispuso el debate en las sesiones extraordinarias. Las promesas de marzo parecían imposibles a mitad de año pero en los últimos meses el Ejecutivo empezó a despegar de la agenda pandémica.
La oportunidad histórica de igualar ciudadanías justas y soberanas, y promover la autonomía de las elecciones sobre los cuerpos de las personas gestantes, es ahora. Con más de 25 millones de abortos inseguros a nivel mundial, de acuerdo a las cifras de la Organización Mundial de la Salud, Argentina se dispone a dar un salto y un grito de justicia: Será Ley.