Gatillo fácil: cuando la justicia garantiza la impunidad
Un informe en base a 32 causas por gatillo fácil, concluye que solo el 15 por ciento de los agentes imputados terminan finalmente condenados. La justicia termina avalando, casi siempre, la versión policial de los hechos.
Sólo el 15 por ciento de las causas iniciadas por gatillo fácil concluyen en una condena efectiva para los victimarios. Así lo indica un informe del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) publicado este domingo en ocasión del Día de la Violencia Institucional, que conmemora todos los años un nuevo aniversario de la masacre de Budge.
El estudio del CELS se basó en unos 32 expedientes que cursaron en el Fuero Penal Federal de la Ciudad de Buenos Aires entre 2010 y 2018, a través de los cuales se investigó a agentes de las fuerzas de seguridad nacionales y locales por ese crimen específico, cuyas víctimas son sobre todo varones jóvenes de los sectores populares. De esas 32 causas, 21 terminaron en absolución o sobreseimiento, dos tercios del total. Además, hubo sólo 13 procesamientos, y apenas 5 de los procesos judiciales terminaron en una condena efectiva.
“Lo que nos encontramos analizando las causas es que el poder judicial no termina ejerciendo un rol adecuado de contralor del uso de la fuerza letal”, explicó a Diagonales la socióloga Julia Miranda, investigadora del área de Violencia Institucional del CELS. “Esa actitud termina avalando la cultura policial de resolver hechos conflictivos con armas de fuego, lo que termina generando daños mucho mayores a los que se pretende controlar”, agregó.
Salvo en los casos en los que existe una querella activa que impulsa las investigaciones, la mayoría de las veces el sistema judicial “termina por legitimar la versión de los hechos”, dijo Miranda, lo que redunda en impunidad. “En la mayoría de las causas, nos encontramos que los estándares con lo que se valora ese uso del arma por parte de la policía son mucho más subjetivos, tiene mucho peso lo que el policía cree haber visto, lo que explica, etc. Todo lo contrario de lo que sucede con cualquier otro ciudadano acusado de haber matado”, señaló.
El informe advierte, además, que sólo 3 de los 33 efectivos imputados llegaron al juicio cumpliendo prisión preventiva, otro dato que funciona a espejo de la realidad del resto de los acusados “civiles” por homicidio doloso. Si se compara esa relación con los datos que tiene el Sistema Nacional de Estadísticas sobre Ejecución de la Pena (SNEEP), de 139 personas detenidas por homicidios dolosos, un 67,6% (94 personas) estaba cumpliendo prisión preventiva durante 2020, por caso.
El CELS logró acceder a unas 32 causas, pero los casos de gatillo fácil, está claro, son muchísimos. Entre 2017 y 2021, según el conteo que lleva la Coordinadora Contra la Represión Institucional (Correpi), la Policía de la Ciudad asesinó a unas 120 personas. En ese mismo período, además, hubo 436 casos solo en la Provincia de Buenos Aires, contando a todas las fuerzas.
Una de las causas que tomó el CELS para el estudio fue el de Luis Chocobar, policía defendido públicamente en su momento por el ex presidente Mauricio Macri y su entonces ministra de Seguridad, Patricia Bullrich. Pese a los intentos del ala dura del macrismo de garantizarle impunidad, Chocobar fue encontrado culpable en mayo pasado del delito de homicidio agravado por su comisión con un arma de fuego, cometido con exceso en el cumplimiento de un deber. De todas formas, recibió una condena de 2 años en suspenso, excarcelable.
Con Bullrich al mando, el Ministerio de Seguridad de la Nación aprobó en 2018 un “reglamento” para el uso de armas de fuego con el objetivo de “condicionar la interpretación judicial de las intervenciones policiales con resultados letales”, de acuerdo a las conclusiones del informe del CELS. La medida fue revertida por el actual gobierno, pero el debate sobre la idea difundida por el Pro de que los funcionarios de seguridad son “perseguidos” por “cumplir con su deber” se instaló en un sector de la sociedad.
“En contraposición a la idea de que los policías son perseguidos por el poder judicial, encontramos que el uso de la prisión preventiva es sumamente excepcional en estos casos. Solamente en tres se ordenó que los imputados transiten el proceso privados de su libertad. Cuando los procesados por homicidio, o incluso otros delitos menos graves, no son policías, no se aplican los mismos criterios restrictivos para el dictado de la prisión preventiva, sino que se la utiliza de manera mucho más extendida”, concluye el informe.