La ley impulsada por Máximo K que anticipa el debate que vendrá en Corrientes cuando apaguen los fuegos
Qué plantea la nueva ley de Manejo del Fuego, que el Diputado del FDT logró aprobar pese al rechazo unánime de Juntos por el Cambio. La discusión que surgirá de las cenizas por el destino de los suelos quemados
La catástrofe en Corrientes avanza y aún sus consecuencias son incalculables. Las esperanzas se depositan en las lluvias que llegarían este jueves, pero ya con casi un 10% de la superficie provincial arrasada por los fuegos las pérdidas son gigantescas. Tanto en el orden de lo económico como fundamentalmente en lo ecológico. Y justamente esos dos aspectos son los que se cruzarán, una vez más, en un intenso debate que comenzará a crecer cuando el fuego afloje y de paso a las cenizas.
El 2020 fue un año en que los incendios también coparon la agenda nacional. Se estima que se quemaron alrededor de un millón de hectáreas en 22 de las 24 provincias del país, con epicentros en la Patagonia, Córdoba y el Delta del Paraná. Ese contexto llevó a que la discusión que inundó los medios de comunicación y las redes se trasladara también al Congreso de la Nación.
En octubre, el entonces presidente del bloque de Diputados oficialista en la Cámara Baja presentó un proyecto para modificar el artículo 22 de la Ley 26.815 de Manejo de Fuego. En el medio de la polémica que se armó por la posible intencionalidad de los incendios, cuya finalidad sería la extensión de fronteras agropecuarias o la utilización de nuevas tierras para emprendimientos inmobiliarios, la iniciativa buscaba que las superficies quemadas no pudieras ser utilizadas para otras actividades a las que se desarrollaban sobre ellas antes de ser arrasadas por los incendios por un plazo de entre 30 y 60 años.
“El objetivo de este proyecto no sólo es proteger aquellos ecosistemas que puedan ser víctimas de incendios y garantizar las condiciones para la restauración de las superficies, sino también desalentar los incendios intencionales y la especulación financiera e inmobiliaria” estableció el proyecto presentado por Kirchner entre sus fundamentos. La prohibición de modificar el uso de esos suelos por un plazo de 60 años regía para las zonas de bosques nativos o implantados, áreas naturales protegidas y humedales, mientras que el texto planteaba que “en el caso de incendios de zonas agrícolas, praderas, pastizales, matorrales y en áreas donde las estructuras edilicias se entremezclan con la vegetación fuera del ambiente estrictamente urbano o estructural, no se permitirán modificar esos suelos por el término de 30 años para lograr su restauración".
La iniciativa fue acompañada por el bloque oficialista y algunos aliados. Además de la firma de Kirchner, llevó la de Graciela Camaño (Consenso Federal), Eduardo “Bali” Bucca (interbloque Federal), José Luis Ramón (interbloque Equidad Federal), Ricardo Wellbach (Frente de la Concordia Misionero) y Luis Di Giacomo (Juntos Somos Río Negro).
Por su parte, Juntos por el Cambio rechazó en su totalidad el proyecto sumándose a las críticas efectuadas por la Mesa de Enlace y otras entidades agropecuarias e inmobiliarias, que argumentaban poco federalismo y una no diferenciación entre los efectos de incendios intencionales y casuales. Alfredo de Angeli, Mario Negri, y las senadoras Gladys González y Laura Rodríguez Machado fueron algunas de las voces más enfáticas en contra de la iniciativa dentro del Congreso.
La norma fue aprobada primero en la Cámara Baja el 23 de noviembre del 2020, con el voto a favor de 132 Diputados y el voto en contra de 96 legisladores de Juntos por el Cambio. Luego fue sancionada por el Senado el 4 de diciembre de ese año con 41 votos a favor de parte del oficialismo, 28 en contra de Juntos por el Cambio y la abstención del correntino Carlos “Camau” Espínola. Finalmente, el Ejecutivo nacional la promulgó a fines de diciembre a través del Decreto 1038/2020, firmado por Alberto Fernández, el entonces Jefe de Gabinete Santiago Cafiero, y el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible Juan Cabandié.
A partir de ese momento y tal como plantea el texto de la Ley 27.604, “en caso de incendios, sean estos provocados o accidentales, que quemen vegetación viva o muerta, en bosques nativos o implantados, así como en áreas naturales protegidas debidamente reconocidas y humedales, a fin de garantizar las condiciones para la restauración de las superficies incendiadas, se prohíbe por el término de sesenta (60) años desde su extinción (...) realizar modificaciones en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio”.
La catástrofe ecológica que está teniendo lugar en Corrientes dejará mucho más que miles de hectáreas quemadas. Cuando el fuego logre ser controlado y las comunidades comiencen el arduo camino de la reconstrucción económica, se instalará sin dudas un debate sobre el destino de esas tierras, y no faltarán los proyectos para que muchas de ellas pasen a engrosar la superficie ganadera y forestal, tal como anticipan las organizaciones ambientalistas que trabajan en la provincia.
Allí quedará por verse la incumbencia de la nueva Ley de Manejo de Fuego, impulsada en un contexto similar y frente a la cual cada sector de la política argentina ya mostró sus cartas y sus intereses.