Las autoridades del Banco Central ordenaron la creación de un "alias CBU" que permita asociar un nombre a cada Clave Bancaria Uniforme (CBU) para agilizar y facilitar las transacciones por internet y banca móvil.

Según el comunicado de esa entidad  "A" 6044/2016, publicada hoy en el Boletín Oficial, la operatoria será de cumplimiento obligatorio el primer día hábil siguiente al vencimiento de un plazo de 120 días corridos desde hoy. De esta manera, los clientes de los bancos podrán generar un "alias" y de esa manera informar sus datos a un emisor de transferencia o generador de pago.

Los seudónimos deberán tener una longitud máxima de 14 caracteres ente letras y/o números para poder emplear como referencia a una cuenta bancaria y así dejar atrás el tedioso CBU que cuenta con un montón de números que es dificil de recordar. 

La normativa explica que "la inclusión del nuevo alias en la operatoria de transferencias contará con los correspondientes procesos de control y seguridad para otorgar las suficientes garantías y confianza a los clientes, e inducir el uso efectivo y eficiente de esta facilidad".

Todos pueden acceder a este alias personas humanas y jurídicas, titulares de cajas de ahorro y cuentas corrientes en entidades financieras; y las cuentas alcanzadas, cajas de ahorro y cuentas corrientes habilitadas a efectuar transferencias.