Tras la polémica entre Nación y gobiernos locales por las subas de tasas muncipales, el Gobierno dispuso que las comunas no podrán cobrar tasas e impuestos en las facturas de los servicios. La medida se oficializó a través de la Resolución 267/2024 de la Secretaría de Comercio, perteneciente al Ministerio de Economía. 

Se trata de un golpe a las cuentas de los municipios que optaron por crear o aumentar impuestos ante el ajuste fiscal del gobierno de Javier Milei. 

“Quieren ahogar a los municipios”, denunció la intendenta de Quilmes, Mayra Mendoza, tras la oficialización de la medida.  

“Un dato: las tasas que se cobran en las boletas están por convenio hace años y no han variado sustancialmente en el último tiempo. Lo que sí cambió son los valores de las facturas, como podemos ver en las imágenes”, añadió la jefa comunal y compartió fotos de facturas donde se evidencia aumentos de más de 300% en servicios esenciales.

X de Mayra Mendoza ☀️

“Mientras ustedes inventan superávits y dibujan números en un Excel, los intendentes e intendentas caminamos nuestros barrios y vemos todos los días el desastre social que están haciendo”, lanzó Mendoza en un mensaje dirigido particularmente al ministro Luis Caputo.

Por su parte, la resolución que impidió el cobre de tasas municipales sobre el precio de los servicios señala "con el transcurso del tiempo se ha ido transformando en una práctica generalizada, para una gran cantidad de proveedores en el mercado, la inclusión y facturación, dentro de la documentación comercial emitida a los consumidores por el suministro de bienes y servicios, conceptos ajenos a aquellos contratado por el consumidor".

"Como consecuencia de ello, los consumidores resultan pasibles de encontrarse ante una situación de riesgo concreto de incurrir en errores o confusión acerca de la verdadera naturaleza de los servicios contratados y sus precios, riesgo que se torna más grave aún en el caso de aquellos consumidores en situación vulnerable y de desventaja", añade el texto. 

Con ese argumento, el Gobierno dispuso que "la información relacionada con los conceptos contenidos en los comprobantes emitidos por los proveedores de bienes y servicios en el marco de las relaciones de consumo, deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor y suministrado por el proveedor, no pudiendo contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio, sin perjuicio de toda otra información de carácter general que corresponda incluir en el documento emitido, conforme a la norma aplicable".

Además, Nación brindó un plazo de adecuación de 30 días a los municipios y estableció sanciones para aquellas comunas que incumplan con la medida. 

“El incumplimiento a lo establecido en la presente resolución será pasible de ser sancionado conforme el régimen de penalidades previsto en la Ley N° 24.240”, reza la medida publicada en el Boletín Oficial.