Con una “ayudita” de los radicales, el Gobierno incorporó la reforma laboral a su nueva Ley Ómnibus
El borrador de la flamante normativa tiene casi 400 artículos menos que la que fue rechazada en febrero, pero siguen vigentes los puntos más polémicos. Se acotan los puntos de las facultades extraordinarias, y se reducen las empresas a privatizar, manteniendo al Banco Nación y a Aerolíneas Argentinas. La restitución del Impuesto a las Ganancias y el blanqueo, en un capítulo fiscal aparte.
El presidente Javier Milei no se muestra con mucha expectativa por lo que pueda suceder en la Cámara de Diputados con su Ley Ómnibus, unos de los hitos fundacionales que La Libertad Avanza (LLA) buscó imponer en el Congreso durante las primeras semanas de su gestión y que fracasó.
Sin embargo, en el oficialismo saben que se trata de una piedra angular para encauzar el rumbo y garantizar gobernabilidad. Y creen que esta vez hay consenso, por haber arribado a negociaciones con planteos “menos extremos” de su parte.
Es por eso que a últimas horas del martes circuló el borrador de una nueva normativa más acotada a los gobernadores y a los jefes de bloques de los espacios “integracionistas” como el PRO, la UCR, y la coalición panperonista de Hacemos Coalición Federal. También se les adjuntó un proyecto de Ley de Medidas Fiscales.
El Gobierno buscará introducir modificaciones a la Ley Ómnibus original que aún mantiene su estado parlamentario ya que volvió a comisiones tras la negativa durante el tratamiento en el recinto en febrero. Haciéndola entrar por despacho en lugar de la mesa de entrada, desde el oficialismo plantean que les hará ganar tiempo.
El apartado de la reforma laboral, hacia la que la CGT venía bosquejando su propia propuesta, tiene un actor de reparto que entra en escena principal: la UCR. Desde la bancada que encabeza el cordobés Rodrigo De Loredo presentarán su proyecto que buscan que sea incorporado, por pedido del oficialismo, durante el tratamiento en comisión. De esta forma, quedó fuera del borrador que presentó LLA.
En esta propuesta de parte de la “oposición dialoguista” se incluirá un periodo de prueba mayor al que rige en la actualidad de 3 meses pero menor que la anterior normativa “libertaria” que buscaba llevar ese tiempo a 8 meses. También retomarán la creación de un fondo de cese laboral voluntario, poniéndole fin al actual sistema de indemnizaciones por despido; y, la eliminación de las multas por falta de registro del trabajador.
EMERGENCIAS Y PRIVATIZACIONES
Con 279 artículos y 182 páginas, la nueva Ley de Bases incluye solo cuatro de las once emergencias que el Gobierno había buscado aprobar sin suerte: administrativa, económica, financiera y energética.
Además ya no sería por dos años y prorrogable hasta el final del mandato de Milei. Se reduciría a solo uno y se destaca que “el Poder Ejecutivo nacional informará mensualmente y en forma detallada al Honorable Congreso de la Nación acerca del ejercicio de las facultades delegadas y los resultados obtenidos”.
También se reduce el número de empresas estatales y sociedades del Estado a privatizar. De las 41 iniciales, el total baja a 18, pero las que quedan son de importancia central. El Gobierno propone vender totalmente empresas como Aerolíneas Argentinas, Energía Argentina, Radio y Televisión Argentina e Intercargo, que brinda asistencia en tierra a las principales líneas aéreas del mundo.
Se buscará la venta parcial del Banco Nación, Nación Seguros, Nación Reaseguros, Nucleoeléctrica Argentina S.A y Yacimientos Carboníferos Río Turbio, entre otras. Se aclara que “sólo podrán ser privatizadas parcialmente debiendo el Estado Nacional mantener la participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias”. En cuanto a las empresas a concesionar: AySA, Correo Argentino, Belgrano Cargas, Corredores Viales y Trenes Argentinos (SOFSE).
Se señala que intervendrá en este proceso de privatizaciones la Comisión de Seguimiento Bicameral y que la Auditoría General de la Nación (AGN) “deberá realizar un examen respecto del proceso de privatización de cada una de las empresas, evaluando el cumplimiento de los aspectos legales y financieros, una vez finalizado el mismo y dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles”.
Por su parte, la Sindicatura General de la Nación deberá elaborar "un informe integral sobre la empresa pública en cuestión, que contendrá información detallada sobre sus aspectos patrimoniales, económicos, financieros y operativos, debiendo formular las observaciones y sugerencias que estime pertinentes".
DESPIDOS EN EL ESTADO Y CONDONACIONES PARA EMPRESARIOS
La normativa aborda minuciosamente los procedimientos administrativos para la Administración Pública nacional centralizada y descentralizada, los órganos del Poder Legislativo, del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Nación, y organismos militares y de defensa y seguridad.
Le sigue otro punto más polémico y de una realidad caliente: el empleo público. Se plantea que el “el personal alcanzado por el régimen de estabilidad que resulte afectado por las medidas de reestructuración que comporten la supresión de órganos, organismos o de las funciones a ellos asignadas, quedará, automáticamente, en situación de disponibilidad por un periodo máximo de hasta doce meses, conforme lo establezca la reglamentación”.
Se consigna que “los agentes que se encontraren en situación de disponibilidad deberán (i) recibir la capacitación que se les imparta; o (ii) desarrollar tareas en servicios tercerizados del Estado”. Cumplido ese tiempo, se sostiene que “sin que el trabajador hubiera formalizado una nueva relación de trabajo, quedará automáticamente desvinculado de la Administración Pública nacional”. “Tendrá derecho a percibir una indemnización igual a un (1) mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de tres (3) meses, tomando como base la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor”, cierran.
Esta nueva ley incluye el blanqueo y la moratoria para las empresas que regularicen la situación de sus empleados. Se plantea la extinción de acciones penales, condonación de deudas y la baja del sistema en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales.
También se explicita que los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley. La regularización podrá comprender relaciones laborales no registradas o relaciones laborales deficientemente registradas, se señala en el proyecto.
LA PLATA “DE LOS JUBILADOS”, LA OBRA PÚBLICA Y LA MANO VISIBLE DEL ESTADO
En cuanto al Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino (FGS), se establece que el dinero pueda ser invertido "de acuerdo con criterios de seguridad y rentabilidad adecuados, respetando los lineamientos fijados por esta ley y las normas reglamentarias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley No. 26.425".
Por otra parte, se estipula que el Gobierno podrá renegociar o rescindir contratos de obra pública, de concesión de obra pública, de construcción o provisión de bienes y servicios y sus contratos anexos y asociados.
En otro pasaje llamativo, se faculta al Poder Ejecutivo nacional, durante un año, a disponer la derogación o modificación de las nomas de rango legal que:
-generen, de forma manifiesta, distorsiones en los precios de mercado, un sobrecosto en el sector regulado, o la escasez de bienes y servicios sin justificación de interés público suficiente;
-impliquen la constitución de monopolios artificiales en actividades en las que sea posible la competencia; o,
c) se vinculen con la negociación de instrumentos de oferta pública a los fines de fomentar el uso de los mismos.
LA VUELTA DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y DEL BLANQUEO DE CAPITALES
En el capítulo fiscal que el Gobierno envía aparte se propondrá restituir la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias que el propio Milei se había encargado de votar para derogar en el Congreso. Se fijaría un piso de cobro a partir de los 1,8 millones de pesos para los solteros y de 2,2 millones para casados con hijos. Se plantea una escala progresiva de alícuota que va del 5 al 35 por ciento de acuerdo a los niveles de ingresos.
Además se incluye en este paquete un amplio blanqueo de los capitales en el país y en el exterior, tanto para residentes, como para los no residentes. El blanqueo no incluye alícuota si se trata de hasta 100 mil dólares de capital. Y desde ese monto se aplicarían escalas progresivas del 5, el 10 y el 15 por ciento, según el momento en que se adhiera a la propuesta.
Otras medidas del paquete fiscal incluyen:
-La creación del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social.
-El Régimen de Regularización de Activos.
-La modificación del Impuesto sobre los Bienes Personales e Impuestos Internos.
-La eliminación del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas.
-La modificación del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
-Y la creación del Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor.