El Senado aprobó la donación de plasma y el proyecto sobre fibrosis quística
Tras el rechazo de Ginés González García, la Cámara Alta dio lugar al tratamiento médico de fibrosis quística de páncreas
En el marco de una maratónica sesión de casi nueve horas, el Senado de la Nación avanzó con la aprobación de una serie de proyectos y decretos impulsados desde Casa Rosada. Entre ellos, se ubicaron la Ley de Promoción para Donación de Plasma, dirigida al tratamiento de pacientes con coronavirus, como también se dio lugar al polémico proyecto de protección médica a quienes padecen fibrosis quística.
Este último punto se instaló esta semana en el centro de todas las polémicas al haber sido desautorizado por el propio ministro de Salud de la Nación, Ginés González García. El funcionario de Nación había desaconsejado la sanción de la iniciativa durante su debate en un plenario de comisiones de la Cámara Alta.
La controversia se originó cuando un llamado directo de Casa Rosada a la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner indicó que debía darse lugar a la iniciativa, según así lo expresó la legisladora Anabel Fernández Sagasti. Mientras tanto, el propio titular de la cartera de Salud había desalentado su aplicación minutos antes. El proyecto, aprobado por 64 votos a favor y 3 abstenciones de senadores de Cambiemos, recarga sobre obras sociales y prepagas el tratamiento de un proceso médico que, se calcula, cuesta alrededor de 300.000 dólares por paciente por año.
Por otro lado, también se convirtió en ley la facilitación de la donación de plasma sanguíneo en pacientes recuperados de coronavirus. Esta medida había sido impulsada por diputado del Frente de Todos, Máximo Kirchner, quien luego recibió el apoyo del jefe del bloque Pro, Cristian Ritondo. La iniciativa, que fue aprobada por unanimidad en el Senado, otorga una licencia especial para los donantes bajo relación de dependencia de dos días por cada donación de plasma que realicen.
Con la medida, se crea además un Registro Nacional de Pacientes Recuperados de Covid-19 Donantes de Plasma, cuya información deberá resguardarse en cumplimiento de la ley 25.326 de protección de datos personales.