Ganancias y Bienes Personales: AFIP aumentó casi un 80% el tope para presentar declaraciones juradas
La actualización fue de 3,7 millones a 6,6 millones de pesos para el período 2022, con una fecha límite pautada en el 30 de junio para realizar los informes.
El Gobierno dispuso nuevas medidas en el plano financiero con la actualización de montos de tope en Ganancias y Bienes Personales. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció un aumento del 78,3% en los montos para empezar a presentar declaraciones juradas, en lo respectivo del período 2022. Si bien es un aumento significativo, está por debajo de la inflación de ese año, que trepó al 94,8%.
La medida quedó sellada en la Resolución 5349/2023 publicada en el Boletín Oficial. Cabe recordar que hasta el período 2021, el tope se ubicaba en 3,7 millones, pero a partir de ahora pasará a 6,6 millones de pesos. De este modo, cuando las remuneraciones brutas resulten iguales o superiores 6,6 millones, deberán presentarse las declaraciones juradas informativas. Este año la fecha límite pautada para presentar los informes será el 30 de junio.
Al mismo tiempo, AFIP también decidió que, a partir del período fiscal 2023, los 6,6 millones se ajustarán en forma automática de manera anual, bajo el mismo criterio utilizado para las deducciones y escalas del impuesto a las Ganancias -es decir, la variación del RIPTE (Remuneración Imponible de los Trabajadores Estables)-. De este modo, ya no se deberá esperar a que se dicte otra Resolución General que actualice el valor año a año.
Por otro lado, la entidad que conduce Carlos Castagneto también elevó el monto mínimo por el cual las entidades financieras y bancos deben dar cuenta de las operaciones y cuentas de sus clientes. Mediante la resolución 5348/2023, los bancos deberán rendir cuentas cuando supere los 200.000 el monto total acumulado de las acreditaciones y extracciones mensuales en las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo y de la seguridad social. Hasta el momento, el monto límite estaba ubicado en 90.000 pesos.
También deberán comunicar los movimientos cuando los saldos de las cuentas igualen o superen al último día hábil del mes ese monto, al igual que cuando lo hagan los depósitos a plazo. Por otra parte, desde ahora las entidades financieras deberán brindar información de todos estos conceptos de los clientes, incluso cuando se supera el monto en sólo uno de ellos.