“Ideología” y “política” parecen ser malas palabras para el Gobierno nacional, especialmente cuando se trata de pensamientos no alineados a la doctrina libertaria. Por ese motivo, a través de un decreto, el presidente Javier Milei firmó dos decretos para erradicar la "ideología política" en las escuelas y prohibir la “propaganda política” en edificios públicos. 

Como parte de la “batalla cultural” que libra el Gobierno contra toda idea que se oponga a alguno de sus preceptos neoliberales en lo económico y conservadores en lo social, el decreto 1086/2024 implementó cambios en la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y para combatir un supuesto “adoctrinamiento” en las escuelas. 

Con las firmas del Presidente, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, la medida sostiene que "la imposición de una manera de pensar y/o actuar político partidaria, especialmente en el ámbito educativo, vulnera el derecho a la dignidad y la integridad personal" de los menores.

“Los derechos enumerados precedentemente resultan vulnerados especialmente cuando en el ámbito educativo se pretende efectuar un adoctrinamiento político de los niños, niñas y adolescentes, imponiendo una manera de pensar y/o actuar político partidaria, lo que constituye un trato que afecta la dignidad, la integridad moral y la libertad de pensamiento”, añade el texto. 

Además, la norma apuntó directamente contra los docentes y sostiene que “es fundamental que estos no impongan una determinada forma de pensamiento ni limiten de ninguna manera el libre desarrollo de las ideas, evitando cualquier posible adoctrinamiento”.

Por otro lado, a través del decreto 1084/2024, el Ejecutivo prohibió la “propaganda política partidaria o de culto a la personalidad política en edificios públicos”. De esta manera, también se eliminó la posibilidad de que cualquier inmueble estatal lleve el nombre de personalidades políticas antes de diez años de su muerte.

Asimismo, la normativa prohibió a los funcionarios públicos, independientemente de su rango y modo de designación o contratación, "utilizar recursos o bienes del dominio público o privado del Estado Nacional con la finalidad de promocionar, celebrar, conmemorar u homenajear su propia imagen, ideología, afiliación política, partido político o cualquier atributo personal".

Finalmente, se dictaminó que la violación a cualquiera de estos puntos por parte de un funcionario público “constituye una infracción grave en el ejercicio de la función pública”.