La Justicia frenó el tarifazo de electricidad a nivel nacional
La magistrada María Isabel Forns aceptó un recurso de amparo y ordenó que a aquellos que ya pagaron la boleta, se les reintegre el excedente
El Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad (CEPIS) y la asociación Consumidores Argentinos habían presentado un amparo contra el aumento en los cuadros tarifarios de luz y hoy, la jueza federal de San Martín, Martina Forns hizo lugar al pedido, porque la Audiencia Pública es un "requisito constitucional".
De esta manera, la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA) deberá abstenerce "de aplicar el nuevo cuadro tarifario" surgido de las resoluciones 6 y 7 del Ministerio de Energía y 1 del ENRE, y las consideró suspendidas.
A partir de la notificación al Ente Nacional Regulador de la Electricidad y al Ministerio de Energía, la magistrada otorgó un plazo de tres días para que presenten un informe que de cuenta del interés público comprometido por la solicitud y para que indiquen sobre la existencia o no de alguna situación de excepción respecto a la situación en que se encuentran los clubes de Barrio y Pueblo, cooperativas y entidades de bien público .
Además ordenó que el ENRE desarrolle las actividades que crea convenientes para cumplir con la cautelar que solicita "comunique a todos los agentes distribuidores y prestadores del servicio público del servicio de distribución de energía eléctrica del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) la medida dispuesta, haciéndoles saber que deberán suspender el cobro de las facturas emitidas como resultado de la aplicación del nuevo cuadro tarifario, y liquidar las facturas respectivas a los valores vigentes con anterioridad a las resoluciones referidas .
Forns en su fallo explicó que la audiencia pública "no sólo resulta un requisito constitucional, haya o no norma que la establezca en materia de modificación de tarifas, sino que máxime que las aplicadas con las resoluciones atacadas por el amparista constituyen 'prima facie' ajustes exorbitantes, desproporcionados y fuera de la realidad económica actual de los 'clientes cautivos'".
Según lo ordenó la magistrada, los que hayan pagados las facturas de electricidad, tendrán "a cuenta" el excedente y que en la siguiente boleta se deberá reintegrar ese monto hasta su compensación total. Además, las empresas deberán abstenerse de realizar cortes de suministro por falta de pago, con fundamento en la normativa suspendida .