En una nueva sesión de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, los legisladores convirtieron en Ley la norma presentada por el bloque peronista del Senado que busca aggiornar la actual legislación en lo que respecta a la nocturnidad bonaerense.

De esta manera, se modifica el artículo nueve de la Ley provincial N°14.050 que prohíbe la concurrencia en los locales e instalaciones bailables a menores de 14 a 17 años en forma simultánea con mayores de 18, para agregar "la excepción de tal prohibición a los municipios de hasta treinta mil habitantes, que asuman la potestad legislativa de regular, a través de sus concejos deliberantes sobre otros límites etarios, conforme a su realidad socio-demográfica y cultural".

Además, se establece como límite de tal atribución legislativa, la prohibición de ingreso a los menores de 14 años a los locales e instalaciones bailables.

Al respecto, el presidente del Bloque Peronista del Senado, Patricio García, explicó que así como las leyes "habilitan a los jóvenes a votar, a contraer matrimonio (con autorización), a conducir vehículos y a trabajar", se propuso esa moficación bajo "el concepto de 'capacidad progresiva' que instala el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación".

De ese modo, García contó que el proyecto de ley "devuelve a los municipios la facultad de regular la concurrencia simultánea a los lugares de esparcimiento nocturno con actividades bailables de menores y mayores, pero no regula la venta e ingesta de alcohol". El objetivo de ese aspecto legal, es "mejorar las previsiones de una ley que avanzó de modo uniforme sobre realidades que no lo son".

Finalmente, el Senador argumentó que tras siete años de vigencia de la Ley de Nocturnidad, y producto de la "imposibilidad de su aplicación práctica en los distritos pequeños de escasa población, se ha producido un incumplimiento general de la norma por el divorcio existente entre lo regulado y el medio social para el que fue establecido".