El garantismo penal se remite a un derecho penal mínimo, y que pone fuertes límites al poder punitivo y sancionador del Estado. Esta corriente se cimienta en garantías penales sustanciales y garantías penales procesales.

Garantías penales sustanciales son, el principio de legalidad, taxatividad, lesividad, materialidad y culpabilidad. Garantías procesales son principio de contradicción, paridad entre acusación y defensa, separación rígida entre juez y acusación, presunción de inocencia, la carga de la prueba para el que acusa, la oralidad y la publicidad del juicio, la independencia interna y externa de los jueces y el principio del juez natural.

Las garantías penales sustantivas tienen por finalidad, la averiguación de la verdad jurídica, a partir de la verificación y refutación en abstracto de la hipótesis de acusación. Las garantías penales procesales tienen por objeto la averiguación de la verdad fáctica.   

Explicado qué es el garantismo tratare de aclarar qué es un juez garantista. Y en este sentido emerge la figura del Dr. Eugenio Zaffaroni.

Se sostiene que esta corriente, el garantismo, es un invento de los poderosos para castigar y perseguir a los pobres. Se sostiene que esta corriente dañó,  irremediablemente, cuanto menos en los últimos diez años, la justicia penal y se da por cierto que las futuras  generaciones van a estar confundidas creyendo que al violar el código penal, siempre serán víctimas y no victimarios.

Aquí nace el error de análisis, porque transgredir la ley penal, siempre trae aparejada una sanción, en general, la prisión, más o menos tiempo. Es tiempo de encierro, no de vacaciones; donde se reiteran los maltratos, las violaciones, el hambre, el frio y demás privaciones difíciles de relatar aquí.

Y por demás está decir, que, sin duda alguna, hay justicia para ricos y justicia para pobres, el garantismo sería una esperanza mínima, por cierto, de justicia para pobres y débiles.

Explicado esto, me pregunto el debate garantismo si, garantismo no, ¿resuelve la inseguridad y sus consecuencias? Y puedo responder sin pensar, que NO.

La pobreza y la miseria, no son problemas que resuelva el derecho penal. La política debe terminar con estas denigrantes diferencias entre ciudadanos de primera y segunda. La igualdad de oportunidades, igualdad de derechos y obligaciones, cada derecho trae aparejada una obligación.

Entonces el dilema de los jueces garantistas y sus consecuencias, es tarea, de la política, en principio, evaluar la conveniencia o no, de sostener la adhesión a pactos internacionales y repensar la finalidad y el alcance del derecho penal. Los jueces solo aplican leyes, a veces mejor y otras peor.