La presión instrumentada por los reclamos de las numerosas organizaciones de derechos humanos en pedido de Justicia surtió efecto y la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia dispuso este viernes reabrir el “Caso Maldonado”, que investiga el fallecimiento del joven manifestante Santiago Maldonado en el marco de un operativo policial en Chubut en 2017, y ordenó además apartar al juez Gustavo Lleral, quien hasta el momento se hallaba a cargo de la causa.

La decisión fue tomada por el tribunal que componen los magistrados Javier M. Leal de Ibarra y Aldo Suárez. En el fallo, los firmantes remarcaron la necesidad de profundizar las medidas de investigación pendientes en el caso, que pasará a depender del juez federal de Ushuaia Federico Calvete en lo que compone el segundo cambio de autoridades en la polémica causa que compromete a los funcionarios del gobierno nacional de Mauricio Macri, entre ellos a la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, hoy reafirmada en el puesto.

Sin embargo, pese a instar a una revisión de la sentencia, el dictamen publicado este viernes insistió en descartar la hipótesis de desaparición forzada de persona; delito bajo el cual las querellas buscaban encuadrar el hecho. El señalamiento ya había surgido en 2018, cuando Lleral atribuyó el fallecimiento de Maldonado a “un conjunto de incidencias naturales” con “nadie” como responsable. Tras ello, el magistrado dio por concluida la investigación y resolvió el cierre de la causa.

De hecho, aquel relato detalló que la muerte del artesano ocurrió en el contexto de su sumergida en el Río Chubut al huir de la Gendarmería Nacional, que perseguía a un grupo de manifestantes en una zona lindante a la comunidad mapuche. No obstante, el juez no conectó lo sucedido con ninguna intervención humana: así, Maldonado perdió la vida simplemente “por la confluencia de unas simples y naturales realidades, inevitables en ese preciso y fatídico instante de soledad”.

En vistas de aquella sentencia, la Cámara Federal patagónica consideró este viernes que hubo una larga “inactividad” en el expediente y denunció la “reticencia” del Lleral para “agotar los medios de prueba que tenía a su alcance”. Asimismo, los jueces sostuvieron: “No nos pasa desapercibido que el transcurso del tiempo atenta contra el éxito de las investigaciones, como así tampoco desatenderemos el correspondiente derecho con que cuentan las personas imputadas a obtener un pronunciamiento que ponga término del modo más rápido posible a la situación de incertidumbre”.