Cerraron la causa de Santiago Maldonado: “Él solo se hundió, nadie fue responsable por su muerte”, consideró el juez
El juez federal Gustavo Lleral consideró que la muerte del joven en el río Chubut se produjo por una “sumatoria de incidencias”. Asimismo, le reconoció a la familia que su equipo de trabajo fue "apretado"
A poco más de un año de la desaparición y muerte de Santiago Maldonado, el juez federal Gustavo Lleral decidió cerrar la causa que investigaba los hechos que se desencaderon tras el operativo de represión de Gendarmería contra la comunidad Mapuche por considerar que el fallecimiento del joven de 25 de Mayo se produjo por una “sumatoria de incidencias” y que “nadie fue penalmente responsable por su muerte”. La familia de la víctima aseguró que el magistrado les reconoció que su equipo de trabajo fue "apretado".
El magistrado no encontró responsabilidades penales en la actuación de la Gendarmería que el 1 de agosto reprimió un corte en la ruta 40, a la altura de la estancia Leleque.
“Los hechos que se presentaron en el presente caso no constituyen delito. Nadie forzó la desaparición de Santiago. Nadie resultó señalado, por la prueba que se colectó, como autor de aquella hipótesis delictiva. Nadie fue penalmente responsable de su muerte”, planteó Lleral en la misma sentencia en que reconoció que la muerte de Santiago se produjo mientras “huía” en marco del operativo de Gendarmería.
La polémica interpretación del juez fue calificada por el magistrado como “la verdad” de los hechos. Según Lleral, “la verdad se mostró sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el lugar donde lo vieron por última vez. Allí, él solo, sin que nadie lo notara, se hundió”.
“La desesperación, la adrenalina y la excitación naturalmente provocadas por la huida; la profundidad del pozo, el espeso ramaje y raíces cruzadas en el fondo; el agua fría, helada humedeció su ropa y su calzado hasta llegar a su cuerpo. Esa sumatoria de incidencias contribuyó a que se hundiera y a que le fuera imposible flotar, a que ni siquiera pudiera emerger para tomar alguna bocanada de oxígeno. Por la confluencia de esas simples y naturales realidades, inevitables en ese preciso y fatídico instante de soledad, sus funciones vitales esenciales se paralizaron”, indica un fragmento de la sentencia, y agrega: “La verdad es esa”.
El 17 de agosto del año pasado, a 90 días de su desaparición, buzos de Prefectura encontraron el cuerpo de Santiago flotando en un sector del Río Chubut revisado seis veces antes. Las pericias judiciales, algunas cuestionadas por la querella, indicaron únicamente que murió ahogado.
La familia podrá apelar la decisión del juez federal de Rawson y concurrir a la Corte Interamericana de Derechos Humanos para que revise el caso.