A través del decreto 780/2024 publicado este lunes en el Boletín Oficial, el presidente Javier Milei restringió el acceso a la información pública de los actos del Gobierno y actividades que considere de índole “privada” -particularmente en la Quinta de Olivos-. 

De esta manera, el Poder Ejecutivo se arrogó la potestad de autodefinir y autodeterminar de forma discrecional cuáles serán los datos a los que podrá acceder la prensa y la sociedad en general a partir de ahora. 

Los nuevos criterios  limitan a los ciudadanos a acceder a los datos de la administración nacional, ya sea de forma individual, colectiva, independiente o a través de la prensa.

El decreto modifica la ley 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública, reconocido en el artículo 85 inciso 22 de la Constitución Nacional.

El texto firmado por Javier Milei reconoce “el principio republicano de publicidad de los actos de Gobierno”, “la promoción de la participación ciudadana” y “la transparencia de gestión”, sin embargo, limita un derecho básico constitucional que le permite al Ejecutivo brindar la información que quiere y rechazar la divulgación de aquella que quiera mantener en secreto.  

El decreto estaclece que “no se entenderá como información pública a aquella que contenga datos de naturaleza privada” entre los que se encuentra eventos que ocurran en la Quinta de Olivos, como reuniones familiares, cantidad o existencia de mascotas, visitas íntimas o reservadas que según indican no tengan que ver con la gestión.

El Gobierno que enarbola la palabra libertad es el mismo que limita derechos en pos de restringir el acceso de la sociedad a información que hasta ahora era de índole pública.