Oficializaron la creación del “Comando del Conurbano” para operar en el GBA
A través del Boletín Oficial, el Gobierno selló la implementación de la nueva unidad para mayor “eficiencia” entre la Policía y fuerzas de seguridad federales
En medio de los debates por la violencia vinculada al narcotráfico en el país, desde Nación oficializaron la creación del “Comando Unificado Conurbano”, orientado a brindar mayor “eficiencia” a las fuerzas policiales y de seguridad federal en el Gran Buenos Aires. La medida quedó sellada en el Boletín Oficial, con la firma del ministro de Seguridad de la Nación, Aníbal Fernández.
Según había anticipado el titular de la cartera de Seguridad ya el pasado 9 de marzo, “Son cinco centros operativos en La Plata, La Matanza, Tigre, Pilar y Avellaneda, de donde vamos a tener acciones rápidas, porque se necesita tener respuestas muy rápidas para poder cumplir con el objetivo”. En ese sentido, la oficialización del CUC a través de la resolución 186 estableció los parámetros específicos que tendrá este nuevo despliegue.
Comando 1: Norte, con funciones en Escobar, Pilar, General Rodríguez y Marcos Paz.
Comando 2: Noroeste, con funciones en Tigre, San Fernando, San Isidro, Vicente López, San Martín, Tres de Febrero, Morón, Ituzaingó, Hurlingham, Merlo, Moreno, San Miguel, José C. Paz y Malvinas Argentinas.
Comando 3: Suroeste, con funciones en La Matanza.
Comando 4: Sur, con funciones en Avellaneda, Lanús, Quilmes, Lomas de Zamora, Esteban Echeverría, Almirante Brown y Ezeiza.
Comandos 5: La Plata, con funciones en La Plata, Ensenada, Berazategui, Florencio Varela, Presidente Perón, San Vicente y Cañuelas.
En la resolución publicada este lunes se aclaró que estas directivas se aplicarán “sin perjuicio de que con posterioridad, y en razón de cuestiones estratégico-operacionales, puedan incorporarse nuevos distritos en la zona de incumbencia de cada uno de los comandos”.
Asimismo, la coordinación institucional del CUC estará a cargo de la Secretaría de Seguridad y Política Criminal del Ministerio de Seguridad, mientras la coordinación operacional quedará a cargo del directo nacional de la Gendarmería “y/o del Comandante que esa dirección designe a tal efecto”, se dispuso en el artículo 3.