El Gobierno difundió el Decreto de Necesidad y Urgencia que establece un aislamiento estricto desde esta medianoche y hasta el 30 de mayo en las zonas del país con mayor riesgo epidemiológico, una medida con la que apunta a "evitar consecuencias irreversibles para la salud publica" por el avance de la pandemia de coronavirus.

A las restricciones que estaban vigentes se sumaron desde la medianoche del sábado en los grandes conglomerados urbanos la suspensión de actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales hasta el 30 de mayo, medida que estará vigente también durante el fin de semana del 5 y 6 junio.

En esas zonas de alto riesgo las personas solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos y artículos de necesidad en comercios esenciales y retiro de compras autorizadas, siempre en cercanía a sus domicilios.

En este contexto, los que tendrán excepciones a la circulación con su correspondiente certificado son el personal de Salud, Fuerzas de Seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

También podrán hacerlo las autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad, trabajadores del sector público en todos los niveles convocados por las respectivas autoridades.

Incluye además a miembros del Poder Legislativo y las dotaciones, integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y personal del Poder Judicial de la Nación que dispongan las autoridades correspondientes.

-El personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

-Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes; que deban atender una situación de fuerza mayor; afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones; afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

-Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos; afectado a la obra pública y a tareas de seguridad en demoliciones; a supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad, de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterías, veterinarias y provisión de garrafas.

-Personal vinculado a las actividades vinculadas a la cadena de valor e insumos de la industria de la alimentación; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios; como así también a los de las actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y pesca.