Se reglamentó la Ley de Góndolas para los negocios virtuales de compra
El Gobierno pautó que las páginas web de comercios deberán ordenar sus productos de menor a mayor según los precios
El Gobierno reglamentó la Ley de Góndolas en el ámbito de los negocios de compraventa digital. Por disposición de la Secretaría de Comercio Interior, las páginas web deberán presentar sus productos en orden de menor a mayor acorde al precio, para que los usuarios y compradores puedan tener una mayor amplitud de posibilidades.
Esta nueva normativa establece que las páginas web de los supermercados, en primera instancia, deberán ordenar los productos de cada categoría de menor a mayor según su precio por unidad de medida. De esta manera, las y los consumidores podrán visualizar primero los productos más accesibles.
Esto quedó pautado según la resolución 926/2021 publicada este viernes en el Boletín Oficial. Asimismo, los comerciantes deberán consignar los productos de menor precio con un logo aprobado por la entidad nacional de Comercio Interior.
A su vez, los sitios web de supermercados deberán destacar a los productos productos elaborados por mipymes, agricultura familiar, campesina e indígena; economía popular, cooperativas y asociaciones mutuales, también con señalética específica aprobada por el área que conduce Paula Español.
La normativa busca emular en el mercado digital las mismas directivas que están estipuladas en las góndolas de los supermercados y comercios físicos. Cabe recordar que la Ley de Góndolas regula la oferta de alimentos, bebidas, productos de higiene personal y limpieza del hogar, y alcanza a todas las grandes cadenas de supermercados de todo el país.