En un flashback noventoso, el Gobierno nacional desreguló la venta de medicamentos a través del Decreto 1024/2024 y permitió a kioscos y almacenes vender ciertos medicamentos que no necesitan de ninguna receta.

La norma modifica la reglamentación de la Ley N° 17.565 que regula el expendio de remedios en farmacias habilitadas y otros comercios.

El decreto libertario establece que los medicamentos bajo receta solo podrán venderse en farmacias habilitadas y canales electrónicos seguros, pero tanto los analgésicos como los antiácidos podrán venderse en otros comercios aunque la autoridad de aplicación podría ampliar este listado en el futuro.

Además, los medicamentos de venta libre podrán exhibirse en góndolas dentro de farmacias. Para ello deberán estar en caja cerrada, con prospecto y su venta será exclusiva para mayores de 18 años.

“Previamente, un comercio cualquiera estaba sujeto a una gran cantidad de requisitos (garantías dinerarias, temperaturas máximas, etc.) para la venta de medicamentos de venta libre que por este decreto se eliminan. Ahora un kiosko o supermercado podrá vender este tipo de medicamentos sin otra restricción que la prohibición de venta a menores de edad”, explicó el ministro de Desregulación y Modernización del Estado, Federico Sturzenegger.

X de Fede Sturzenegger

“Hay tres motivos por lo que es importante que los remedios de venta libre puedan venderse en cualquier negocio. Primero, por comodidad, ya que se podrán sumar a la compra semanal en tu almacén o supermercado”, detalló. 

Además, el ministro dejó el claro que la medida parece tener nombre y apellido de benediciarios dado que dio la “bienvenida” específicamente a Carrefour, a Coto y “otros” al mercado de venta de medicamentos. 

Por otro lado, a través de la Resolución 4309/2024 de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS) publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno dio de baja a 54 empresas prepagas.

La medida se implementó luego de un pedido de regularización de una serie de documentaciones al que, según el Ejecutivo, las compañías no respondieron en los plazos correspondientes. 

Tras haberse vencido el periodo estipulado para la regularización de documentación, el Ejecutivo decidió dar de baja a 54 empresas: Magna Salud SRL, OMSA Prosal SA, Sanatorio San Jerónimo Norte SRL, Emergencias Médicas Santa María SA, Medicina Asistencial Privada SRL, Medycin SRL, IE Emergencias Chivilcoy SA, Emesec Emergencias Médicas Esteban Echeverría SA, Compañía Global de Salud SA, Vivir Medicina Privada SA, Médica SRL, Servicio de Urgencias Médicas Ushuaia SRL, Siempre SRL, Merli Elva Ana y Lanter Patricio Eduardo SH, Roma Salud SA, Opsal SA, Master Med System SRL, Coseguro Total SRL, Centro Médico del Parque SDH, Mitre Medical Network SA, Salud Total SA, Confederada Salud SRL, Nova Pampa Salud SRL, Quince, MPN Medical International SA, Compañía Mediterránea de Salud SA, Gerenciar Salud SRL, Medicin Care Servicios Médicos Domiciliarios SA, Prepaga SRL, AIO Care SRL, Medicina Privada San Juan Bautista SA, Centro Salud SA, Medicina Argentina SA, SID Medical SA, Acarti SA, Comi Cooperativa Limitada de Provisión de Servicios en el Área de la Salud, COMESE Cooperativa Limitada, Cooperativa Argentina de Medicina Integral (CAMI), Cooperativa de Trabajo de Medicina Asistencial Integrada de Diamante, Mutual del Círculo Médico del Departamento Federación, Mutual de Activos y Pasivos, Asociación Mutual Ciudadanos Bonaerenses, Asociación Mutual de Profesionales de la Salud de la República Argentina, Asociación Mutual de Asistencia a la Tercera Edad, Mutual Doce de Enero, Asociación Mutual de Óptica Integral, Asociación Mutual Versailles, Mutual de Servicios Médicos y Tratamiento de la Hipoacusia, Asociación Mutual Los Andes, AMTAPRA, Asociación Mutual Arquitas, Asociación Mutual Veteranos Argentinos, Mutual Ibatin y Círculo Médico de 25 de Mayo