Más allá de la aprobación general o no de la Ley Bases y el Paquete Fiscal, el Gobierno se enfrenta con otro desafío: la votación particular. Aún el oficialismo logra conseguir los votos necesarios para dar luz verde a sus iniciativas, la discusión de los capitulos que integran cada uno de los proyectos promete ser más compleja. 

Es que hay varios puntos que no cuentan con el acompañamiento de todos sus aliados como las privatizaciones de las empresas públicas y la restitución del Impuesto a las Ganancias. Sin embargo, son varios los ítems que generan polémica y rechazo entre la oposición y diferentes sectores de la sociedad que se verían directamente afectados. 

El primer título del proyecto comprende la Declaración de emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un año, y la delegación de facultades al presidente Javier Milei por el mismo plazo.

Esto le permitiría al jefe de Estado tomar decisiones claves para el país sin la necesidad de pasar por el Congreso de la Nación. Se trata de uno de los puntos, tal vez, más polémicos porque promueve la acumulación de poder en la figura presidencial. 

El Título II abarca la Reforma del Estado y declara como sujetas a privatización las empresas públicas como Energía Argentina SA, Agua y Saneamientos Argentinos SA, Belgrano Cargas y Logística SA, Sociedad Operadora Ferroviaria SE (SOSFE) y Corredores Viales SA, entre otras. 

A su vez, permite el pase a disponibilidad y el eventual despido de trabajadores estatales de planta permanente. Algo inédito en la historia argentina reciente. 

Los títulos IV y V comprenden una reforma laboral que condona infracciones, multas y otras sanciones a los privados con trabajadores en negro o precarizados y condonan también la deuda de empresas por falta de pago de aportes y contribuciones. Además, excluye la presunción de existencia de contrato de trabajo o relación laboral a las contrataciones de obras o de servicios profesionales o de oficios, cuando se emitan los recibos o facturas correspondientes o el pago se realice conforme los sistemas bancarios determinados por la reglamentación. 

La reforma también modifica el período de prueba, que puede pasar a ser de 6 meses o hasta de un año dependiendo del tamaño de la compañía. A su vez, respecto de la licencia por embarazo, establece que la mujer embarazada podrá optar por reducir la licencia anterior al parto y acorta el límite de 30 días a 10 días previos sin tener en cuentra las presiones laborales a las que podría quedar expuesta la mujer a la hora de decidir. 

La iniciativa también configura como “grave injuria laboral” y causal de despido, la participación activa de un trabajadores en bloqueos a la empresa o tomas de establecimiento.

Finalmente, elimina las indemnizaciones para los trabajadores despididos y en cambio propone la creación de fondos de desempleo. 

El Título VI legisla sobre materia energética y propone modificaciones a la ley 17.319 que permiten a las petroleras “transportar, comercializar, industrializar y comercializar" los hidrocarburos extraídos y sus derivados “libremente”. Y agrega: “El Poder Ejecutivo nacional no podrá intervenir o fijar los precios de comercialización en el mercado interno para ninguna de las actividades indicadas en el párrafo anterior”. .

Por otro lado, en materia de hicrocarburos, la Ley Bases elimina la priorización del abastecimiento del mercado interno. 

Otro título que genera una fuerte polémica, es el VII que comprende el Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI). El mismo ofrece incentivos fiscales, aduaneros y cambiarios durante 30 años a privados extranjeros que hagan inversiones superiores a los US$ 200 millones.

Entre los beneficios para los proyectos que adhieran a este régimen normativo, se encuentra la reducción del impuesto a las Ganancias del 35% al 25%, la devolución acelerada del IVA y retenciones cero para las exportaciones que surjan de estas inversiones; generando una fuerte desigualdad con las empresas y la industria nacional que no podrán competir con aquellas que cuenten con esos beneficios.

El Título VIII incluye la derogación de la moratoria previsional y crea la Prestación de Retiro Proporcional para aquellas personas que no completaron los 30 años de aportes necesarios para jubilarse.

Esta medida implica, por ejemplo, que 9 de cada 10 mujeres no puedan jubilarse a los 60 años y deban esperar hasta los 65 años para acceder a una Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) en caso de no contar con aportes, o un retiro proporcional, desconociendo el trabajo no remunerado que implican las tareas de cuidado de la familia y el hogar que llevan adelante las mujeres amas de casa. 

Asimismo, tampoco se reconoce el trabajo precarizado y/o en negro en el que los trabajadores no tuvieron aportes pero aún así trabajaron. De esta manera, 7 de cada 10 hombres tampoco podrían jubilarse a los 65 años.