El alza en la electricidad supera en ciertos casos el 200%
Columna de opinión por Andrés Di Pelino
El Centro de Estudio de la Regulación Económica de los Servicios Públicos (CERES) de la Universidad de Belgrano cuestionó las propuestas de Revisión Tarifaria Integral de Distribución eléctrica, que se presentaron en la Audiencia Pública realizada el 28 de octubre pasado en el Teatro de la Ribera, de la ciudad de Buenos Aires.
En la Audiencia manifestamos que la empresa Edesur presenta una propuesta en la cual los ingresos anuales proyectados de la compañía para el próximo quinquenio (Valor Agregado de Distribución o VAD anual) se incrementarían en un 80,8% promedio, considerando todas las categorías de usuario. Sin embargo, el aumento del VAD propuesto a usuarios residenciales es del 303%, lo cual tendría un efecto promedio sobre la factura del 74%, un porcentaje muy superior al 30,5% que se presenta como impacto promedio del aumento para todas las categorías.
Las magnitudes de los aumentos presentados hacen referencia a comparaciones entre tarifas plenas, pero si se considera el efecto sobre aquellos usuarios de bajo consumo, tarifa social o que recibieron descuentos por ahorros, el efecto del aumento de tarifas podría ser sustancialmente mayor, por el resultado del aumento de los cargos fijos y la facturación mensual del servicio.
A modo de ejemplo explicamos que para el caso de un usuario residencial con consumo de 150 kilovatios/hora/mes, que recibe descuentos por ahorros en el consumo de energía y abona una factura sin impuestos de 75 pesos, luego del aumento propuesto su factura se incrementará en un 180%, pasando a abonar 250 pesos. Del mismo modo, un usuario promedio de 300 kilovatios/hora/mes que también goza de descuentos por ahorros de energía y según la tarifa vigente abona una factura sin impuestos de 130 pesos, luego del aumento propuesto su factura ascenderá a 360 pesos, con un aumento de 200%.
Por eso sería muy importante que el ENRE presente una opinión técnica sobre la pertinencia de los programas de inversiones previstos por las distribuidoras, las tasas de rentabilidad solicitadas y la metodología utilizada para la determinación de la base de capital sobre la cual se aplicarían esas tasas de rentabilidad. La opinión del Ente sobre estos aspectos disiparía toda duda respecto de los incentivos que tienen las empresas reguladas a sobredeclarar sus costos de operación, si es que el regulador utiliza esta información para fijar nuevas tarifas.
El Valor Agregado de Distribución es sólo uno de los eslabones que conforma la cadena de abastecimiento eléctrico y que, a los aumentos propuestos, se sumarán en breve los correspondientes al transporte y a la generación de energía. La aplicación plena de los aumentos podría ser socialmente cuestionable, ya que significaría una verdadera seguidilla de incrementos que podría judicializarse, dado que el mayor peso recae sobre los usuarios residenciales de menor consumo.
Finalmente, si bien la normativa prevé que los nuevos cuadros tarifarios deben entrar en vigencia a partir del 1º de enero de 2017, es necesario repensar la oportunidad estacional de su aplicación. Concretamente, no parece la mejor opción hacer coincidir los aumentos con los picos de consumo eléctricos de verano. El CERES se expresó en varias oportunidades en ese sentido se necesitan aumentos de tarifas razonables, graduales, previsibles y que tomen en cuenta la capacidad de pago de la población.