Tras su aprobación, el Gobierno promulgó la Ley de cannabis para uso terapéutico
La norma es celebrada por Asociaciones sin fines de lucro y también se oficializó el marco regulatorio para la investigación médica y científica
Veinte días después de que el Senado de la Nación convirtiera en Ley el uso del cannabis con fines teraéuticos, se oficializó el marco regulatorio para la investigación médica y científica y para su utilización en diferentes patologías.
La norma es celebrada por Asociaciones sin fines de lucro como "Mamá Cultiva", que desde hace años vienen reclamando un amparo legal que regule el uso de la planta para paliar diferentes patologías como la epilepsia refractaria, a pesar de que aún se siguen reclamando permisos para cultivar y avances en la legislación.
La Ley lleva el número 27.350 y el Gobierno promulgó este miércoles el uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados. Lo hizo a través del Decreto 266/2017, que fue publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y el ministro de Salud Jorge Lemus.
En el primer artículo de la normativa se estipula que "la presente ley tiene por objeto establecer un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor de la planta de cannabis y sus derivados, garantizando y promoviendo el cuidado integral de la salud".
De esta manera, también se incentivan los estudios con la planta que genera notables mejoras en la salud de las personas que sufren patologías relacionadas con el sistema nervioso central.
En la Ley se establece la cración de un Programa Nacional que se encargará del estudio y la investigación del uso medicinal de "la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales", que será coordinado desde el Ministerio de Salud de la Nación.
El punto que más se celebra desde las Asociaciones es la autorización a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) para que se importe el aceite de cannabis y sus derivados "cuando sea requerida por pacientes que presenten las patologías contempladas en el programa y cuenten con la indicación médica pertinente".